Bono social eléctrico: requisitos, descuentos y cómo solicitarlo en 2026
El bono social es un descuento en la factura de la luz para consumidores vulnerables: 42,5% (vulnerable), 57,5% (vulnerable severo) y hasta el 100% (riesgo de exclusión) en 2026. Te explicamos requisitos, umbrales de renta y cómo pedirlo.
Última revisión: 1 de junio de 2026
Qué es y qué derecho te protege
El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz financiado por las comercializadoras, dirigido a hogares con menos recursos. Lo regula el Real Decreto 897/2017, que define quién es “consumidor vulnerable” y cuánto se descuenta.
No es una ayuda que dé el ayuntamiento ni una ONG: es un derecho que se solicita a la comercializadora y se aplica directamente en tu factura. Si cumples los requisitos, te corresponde.
Requisito de partida: para tener bono social necesitas estar en la tarifa regulada PVPC con una Comercializadora de Referencia (COR) y una potencia contratada igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual. Si estás en el mercado libre, no puedes tener bono social mientras sigas en él.
Cuánto se descuenta en 2026
Los descuentos están prorrogados y reforzados para todo 2026 (Real Decreto-ley 16/2025 y Real Decreto-ley 2/2026):
| Categoría | Descuento sobre la PVPC |
|---|---|
| Consumidor vulnerable | 42,5% |
| Consumidor vulnerable severo | 57,5% |
| En riesgo de exclusión social | hasta 100% |
El descuento se aplica sobre el término de energía y el de potencia de la PVPC, con un límite máximo de consumo anual con descuento según el tipo de hogar. Si ya eres beneficiario, las COR aplican los nuevos porcentajes automáticamente, sin que tengas que volver a tramitar nada.
Quién es “consumidor vulnerable”: umbrales de renta
La vía general es por nivel de renta de la unidad familiar, medido en múltiplos del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). El multiplicador depende de los miembros del hogar:
- 1,5 × IPREM si no hay menores en el hogar.
- 2 × IPREM con un menor.
- 2,5 × IPREM con dos menores.
Esos multiplicadores se incrementan en +1 × IPREM si concurre una circunstancia especial (familia monoparental, alguien con discapacidad reconocida ≥33%, víctima de violencia de género o de terrorismo, dependencia reconocida grado II o III). Para el vulnerable severo se aplican multiplicadores más bajos (la mitad), porque exige menos renta todavía.
El IPREM de 2026 es de 600 €/mes (7.200 €/año en 14 pagas; 8.400 €/año en 12). Para saber si entras, compara los ingresos anuales de tu unidad familiar con tu multiplicador. La calculadora oficial del MITECO hace el cálculo exacto.
Quién accede directamente, sin acreditar renta
Algunos colectivos acceden sin tener que demostrar ingresos:
- Pensionistas que perciban la pensión mínima de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), titulares del suministro.
- Familias numerosas (con título en vigor).
Aun así sigue haciendo falta cumplir los requisitos de PVPC, potencia ≤10 kW y vivienda habitual.
Qué puedes hacer paso a paso
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Comprueba que estás en PVPC con una COR. Mírate la factura: debe figurar PVPC y una Comercializadora de Referencia (Curenergía, Baser, Energía XXI, etc.). Si estás en mercado libre, primero tendrás que cambiarte a una COR.
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Verifica tu encaje por renta (con tu multiplicador de IPREM) o por colectivo directo (pensión mínima, familia numerosa).
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Descarga el formulario del bono social (en la web del MITECO o de tu COR) y reúne la documentación: DNI/NIE de los miembros de la unidad familiar, certificado de empadronamiento conjunto, y la acreditación correspondiente (declaración de la renta o certificado de pensión / título de familia numerosa).
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Envíalo a tu Comercializadora de Referencia por el canal que indique (email, correo postal, área de cliente). La COR es quien resuelve y aplica el descuento, no el Ministerio.
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Espera la resolución. Si te lo conceden, el descuento aparece en las facturas siguientes. Guarda el justificante de la solicitud por si hay que reclamar.
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Renueva cuando toque. El bono social tiene vigencia de 2 años y hay que renovarlo. La COR debe avisarte con antelación; aun así, anótalo tú para no perderlo.
Protección contra el corte de suministro
Junto al descuento, los consumidores vulnerables tienen mayor protección frente al corte por impago (plazos ampliados). La protección reforzada de hogares con menores o personas dependientes a cargo también se ha prorrogado para 2026. Esto va aparte del descuento: te protege aunque te retrases en un pago.
Qué NO cubre el bono social
- El mercado libre. Mientras tengas una tarifa de mercado libre con descuentos comerciales, no puedes acumular bono social. Hay que elegir.
- Segundas viviendas. Solo aplica a la vivienda habitual.
- Potencias altas. Por encima de 10 kW contratados, no hay bono social.
- El bono social térmico (gas/calefacción). Es una ayuda distinta que se concede de oficio a quienes ya tienen el bono social eléctrico; no se solicita por separado.
Qué pruebas conserva con cuidado
- El justificante de solicitud enviado a la COR (fecha, número de registro, email).
- La documentación acreditativa que mandaste (renta, pensión, familia numerosa).
- La factura donde aparece aplicado el descuento, para verificar el porcentaje.
- El recordatorio de la fecha de renovación (a los 2 años).
Preguntas frecuentes
¿El bono social lo da el Gobierno o la compañía?
Lo regula el Gobierno, pero quien lo aplica y resuelve es tu Comercializadora de Referencia. El coste lo asumen las comercializadoras. Tú lo solicitas a la COR, no al Ministerio.
Estoy en una compañía del mercado libre con buena tarifa, ¿me compensa cambiarme a PVPC para el bono?
Depende. El descuento del 42,5% o 57,5% sobre la PVPC suele ser muy superior a cualquier oferta del mercado libre para un hogar vulnerable. Si cumples requisitos, casi siempre compensa pasarte a una COR para tener el bono.
Tengo el bono social y me ha bajado el descuento, ¿es normal?
Al revés: para 2026 los descuentos subieron (42,5% y 57,5%) y se aplican de forma automática a quien ya lo tenía. Si ves un porcentaje menor en tu factura, recláma a tu COR.
¿Me lo pueden quitar de un año para otro?
Sí, si dejas de cumplir requisitos (cambia tu renta, caduca el título de familia numerosa) o si no renuevas a los 2 años. Por eso conviene apuntar la fecha de renovación.
¿Cuento como familia numerosa si tengo el título en trámite?
Necesitas el título en vigor para el acceso directo. Si está en trámite, espera a tenerlo o solicita el bono por la vía de renta mientras tanto, si encajas en los umbrales.
Qué NO hace esta web por ti
- No presentamos reclamaciones en tu nombre.
- No contactamos con la empresa que te ha vendido el producto o servicio.
- No te representamos ante la OMIC, juzgados ni juntas arbitrales.
- No damos asesoría jurídica personalizada para tu caso concreto.
Para tu caso específico, acude a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de tu ayuntamiento o a una organización de consumidores como OCU o FACUA. Si el asunto es complejo o de cuantía elevada, consulta a un abogado.